III).-PARTICIPACIÓN
CIUDADANA, EN EL GOBIERNO REGIONAL.
2-b).-INICIATIVA LEGISLATIVA CIUDADANA, EN EL
GOBIERNO REGIONAL (Gobernaciones Regionales, Cores.)
Definición: -“Es el derecho ciudadano de presentar
proyectos e iniciativas regionales, de interés ciudadano, directamente, ante el Gobierno Regional, sin necesidad de patrocinio de Consejero Regional, alguno”.
1.-De
los Ciudadanos Patrocinantes: -Solo podrán patrocinar un ante-proyectos o
Iniciativas ciudadanas, de alcance regional, l@s “ciudadan@s independientes”
(no militantes de partidos políticos), con domicilio en el área-territorio de
alcance de la iniciativa legislativa (Región), firmando ante Ministro de Fe
(Notario Público).- >Para ante-proyectos o iniciativa ciudadana, regional,
se requieren un 0,3% de ciudadanos patrocinantes, mayores de 18 años de edad,
con domicilio en la región, pertinente.
2.-Gobierno
Regional: >El Gobernador Regional, recepcionará el ante-proyecto o
iniciativa legislativa ciudadana y a partir de ése acto, el ante-proyecto
ciudadano, se transforma en “proyecto” o iniciativa ciudadana oficial y a
tratar, estudiar, en la Comisión-Core., pertinente, para su posterior
aprobación o rechazo por el Gobierno Regional.
3.-Aprobado el “Proyecto o Iniciativa
Ciudadana”, por el Gobierno Regional, deberá aplicarse e implementarse dentro
del Programa de Inversiones y de Desarrollo, Anual, Regional.
4.-Rechazado
el “Proyecto o Iniciativa Ciudadana”, por el Gobierno Regional, éste será
remitido a los representantes de la Organización Ciudadana,
autora-presentadora, para su conocimiento y resoluciones o acciones
posteriores, que estimen pertinentes.
5.-Alternativa
Ciudadana: -Frente al rechazo
definitivo, del Proyecto Legislativo Ciudadano, por el Gobierno Regional
(Gobernador-Cores.), procede, un 2º intento, por la Vía del Plebiscito (a petición de
parte y gestionando ante el SERVEL), para que sea la Ciudadanía quien, en
definitiva Apruebe o ratifique el Rechazo, del proyecto de ley (de así
estimarse por la Organización Ciudadana autora de la Iniciativa legal,
rechazada).
>El
procedimiento de “gestión plebiscitaria regional”, ante el Servel-Tricel, será
similar al explicitado, para los Plebiscitos Nacionales (adaptado a la región).
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